canal ético

COCEMFE TOLEDO SERVICIOS MULTIPLES, S.L. tiene un compromiso con una cultura empresarial asentada en sus valores éticos  empresariales y en el cumplimiento legal.


Mantener viva esta cultura exige estar conectados con nuestros grupos de Interés, y es por esto por lo que ponemos a su disposición un canal de comunicaciones, denominado “Canal Ético”. Por favor, utilice el Canal Ético de COCEMFE TOLEDO SERVICIOS MULTIPLES, S.L. para  informar de posibles riesgos de infracciones administrativas y/o penales graves o muy graves que puedan producirse en el seno de nuestra entidad, con plenas garantías de confidencialidad y protección del informante de buena fe que utilice este medio de comunicación.


COCEMFE TOLEDO SERVICIOS MULTIPLES, S.L. velará por el cumplimiento de los principios relacionados a continuación en el tratamiento de las comunicaciones que reciba:


1.Principios de Independencia y Autonomía

Prestando atención al medio y al largo plazo en la consecución de objetivos empresariales, y de otra parte asegurando una adecuada gestión en cualquier conflicto de interés que pueda surgir.


2. Principio de Confidencialidad

En cualquier caso, se preservará la identidad del informante y de las personas afectadas, con medidas técnicas y organizativas adecuadas, permitiendo asimismo la posibilidad de presentación y tramitación de comunicaciones anónimas.


3. Protección legal y defensa del informante

La buena fe, esto es, la conciencia honesta de que se han producido o pueden producirse hechos graves perjudiciales constituye un requisito indispensable para la protección del informante Al mismo tiempo, dicha protección no se perderá cuando el informante comunique información inexacta por error cometido de buena fe. En cualquiera de los casos, los motivos del informante para llevar a cabo su  comunicación son irrelevantes con relación al buen funcionamiento del Canal. Se concede también protección a las personas que no aporten pruebas concluyentes pero que planteen dudas o sospechas razonables sobre los hechos.


4. Protección de los afectados y de los terceros en el procedimiento

La protección de la identidad de las personas afectadas y/o de los terceros a que se refiera la comunicación (por ejemplo, testigos, etc.) en todas las fases del procedimiento, en la mejor garantía de protección.

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